Los abogados de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana, Efrain Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas presentaron a la corte un proyecto de instrucciones para el jurado donde tratan de convencer al jurado que los testimonios de los informantes confidenciales CS-1 y CS-2 carecen de credibilidad porque ambos informantes se declararon culpables de haber mentido a las autoridades federales bajo juramento, y los dos son delincuentes convictos.
En un documento de 32 páginas, los abogados advirtieron que se reservan para otro momento apropiado, (antes de la conferencia de cargo) la objeción de las propuestas hechas por el gobierno de los Estados Unidos para los jurados.
La solicitud de la defensa está hecho de conformidad a la Regla Federal de Procedimiento Penal 30 y reglas individuales del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York.
Los abogados aseguran que “los demandados se reservan el derecho de complementar o modificar las instrucciones al jurado antes del juicio a la luz de las pruebas presentadas por la fiscalía”.
Dentro de las instrucciones de la defensa, se destaca la relacionada con la credibilidad de los testigos. Difiriendo diametralmente de lo expuesto por el gobierno, los abogados señalan que una parte importante para la decisión del jurado implicará hacer juicios sobre el testimonio de los testigos que vayan a escuchar y observar.
Al hacer estos juicios- sostienen- se debe analizar cuidadosamente todos el testimonio de cada testigo, las circunstancias en que cada testigo testificó, y cualquier otra materia o evidencia que pueda ayudar a decidir la verdad y la importancia del testimonio de cada parte.
“La decisión de creer o no creer en un testigo puede depender de la forma en que el testigo impresionó a los miembros del jurado. ¿Cómo surgió el testigo? Es importante dejar claro si el testigo es sincero, franco y directo; o, si el testigo crea la impresión de ser evasivo”, señalan en el documento los abogados.
Además se preguntan sobre la importancia de tener claro quién es el testigo y la conducta general que éste mantiene en su vida y en el estrado “para creer en él o no, ya que su opinión o testimonio también puede estar influenciado por la parcialidad de ese testigo”. Los abogados hacen hincapié en el hecho de la relación que tiene el testigo con el gobierno o con los demandados, lo cual puede afectar su testimonio.
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