Según el último informe publicado por el Instituto Nacional de Estadística de España acerca de poblaciones migrantes, Venezuela destaca como el país con mayor número de migraciones a España, con 10.478 sólo durante los primeros seis meses de 2017, incrementando la población de venezolanos de 63.269 a 73.747, reflejando un aumento del 16,6%.
Asimismo, el informe señala que de toda la población extranjera que llegó a España en el periodo señalado, 45.376 personas, el 23% de estas fueron venezolanos, seguidos por colombianos e italianos.
“Es importante destacar que los migrantes venezolanos, en términos generales, poseen un alto nivel académico, característica clave para poder conseguir empleo y permanecer en el país”, señala Pedro Muñoz, abogado y Socio Director de LABE Abogados en Madrid.
A lo señalado, añade: “si eres venezolano y deseas emigrar a España, la manera más efectiva de hacerlo es a través de una visa de trabajo”.
Se trata de un visado en virtud del cual, se obtiene un permiso de residencia y trabajo por poseer un perfil altamente cualificado, esto es, por ser graduado o postgraduado de Universidad o escuela de negocio.
En tal sentido, el Abogado Pedro Muñoz destaca la siguiente información de interés:
1. La regulación que respalda este procedimiento proviene de la Ley 14/2013, que apoya a los emprendedores y su internacionalización.
2. El requisito principal para aplicar a esta visa es tener estudios superiores acreditados. Se requiere el título académico legalizado y en español.
3. La petición habrá de instarse desde Venezuela o bien estando en España en periodo de residencia legal (visado de turista).
4. El plazo de la resolución es de 20 días hábiles.
5. Si la administración competente no contesta en dicho plazo, se entenderá admitida la petición.
6. Una vez aprobado el procedimiento, la persona debe recoger su visa en Venezuela y en el plazo de 10 días, podrá ingresar a España con permiso de residencia y trabajo.
7. Al llegar, deberá solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en dependencias policiales españolas.
8. El permiso inicial de residencia por trabajo tiene una duración de dos años prorrogables. NP/LABE Abogados
EA
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