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El Tribunal Arbitral en
la Haya fallo a favor de Serafín García Armas por la expropiación ilegal de sus
compañías y condeno a Venezuela a pagar más de 366 millones de dólares americanos.
La información está contenida en un boletín emanado de la oficina del
empresario, integrante de una familia (los hermanos García) con más treinta
años de trabajo en Guayana en el ramo de los alimentos y la educación.
Un poco de historia
El pasado 26 de abril,
un Tribunal Arbitral internacional administrado por la Corte Permanente de
Arbitraje de La Haya (Holanda) condeno a Venezuela a pagar aproximadamente 366
millones en favor de Serafìn Garcìa Armas y su hija Karina Garcìa Gruber, propietarios
de Alimentos Friosa, C.A y transporte Dole, C.A en concepto de indemnización por
la expropiación ilegal de estas compañías que tuvo lugar en 2010.
Agrega el relato del
caso que “el reclamo fue iniciado por el empresario García Armas y la Señora García
Gruber en el año 2012, invocando el Tratado Bilateral de Inversiones firmado
entre Venezuela y el Reino de España de 1995. El reclamo se basó en su inversión
en Alimentos Y Transporte, empresas que operaban en el sector de la importación
y distribución de alimentos en Venezuela y que en mayo de 2010 cuyas
instalaciones fueron ocupadas y sus inventarios decomisados por funcionarios de
la antigua Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes
y Servicios (Indepabis).
La Intervención de las compañías
de la familia García Armas (que también incluyo al Frigorífico Ordaz, S.A.
Propiedad de otros miembros de la familia y respecto del cual tramitan dos
arbitrajes separados) tuvo lugar en el marco de una serie de inspecciones
realizadas por el Indepabis en mayo de 2010 a varias empresas en el sector
alimenticio.
En el caso de Alimentos
Friosa y Transporte Dole el Indepabis acuso a estas compañías de ciertas
irregularidades operativas, a través de medidas preventivas de “ocupación y
operatividad temporal”, ordeno poner sus activos e inventarios a disposición de
una Junta Administradora Temporal, que sería encargada de administrarlas.
Señala el informe dado a
conocer ayer a los medios que según destaco el Tribunal Arbitral compuesto por
los experimentados árbitros Guido Santiago Tawil (Argentina), Eduardo Grebler
(Brasil) y Rodrigo Oreamuno (Costa Rica) administrado por la Corte Permanente
de la Haya (Holanda), por sus actos, debidos a los desmanejos de la Junta
Administradora, al poco tiempo de su intervención, ambas empresas debieron
suspender definitivamente sus operaciones.
Expropiación Ilegal
El Tribunal Arbitral
concluyo que la real justificación para la intervención de las compañías por
parte del Indepabis no habia sido la existencia de irregularidades, sino la decisión
de Venezuela de apropiarse de los activos de las compañías del Señor Garcia
Armas. Por lo tanto el tribunal arbitral considero que las medidas habían implicado
una expropiación ilegal, al privarse a los demandantes del uso y goce de su
propiedad, sin pagar compensación.
“De la misma manera, el
tribunal también considero que las medidas habían sido arbitrarias y totalmente
desproporcionadas con las supuestas infracciones que los demandantes no
pudieron defenderse de forma adecuada y que Venezuela había violado gravemente
el debido proceso al no seguir los procedimientos previstos en la ley
venezolana para una expropiación se subraya.
366 Millones de Dólares
El informe indico que “el
resultado de las violaciones del Tratado Venezuela-España, el Tribunal Arbitral
condeno a Venezuela al pago de la indemnización a favor de los inversores
descrita anteriormente por 366 millones dólares. Así mismo ordeno a Venezuela
cubrir todos los costos legales y administrativos del arbitraje, notando que la
defensa de Venezuela había intentado obstruir el avance del procedimiento de
manera sistemática y con mala fe”.
La representación del
empresario y su esposa estuvo liderada por las firmas de abogados Freshfields
Bruckhaus Deringer y Dechamps International Law. Venezuela fue representada por
el abogado Alfredo de Jesús concluyo el informe. (CSDD)
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