Presentaron la investigación
“La
historia de las universidades es la historia de la lucha por la libertad”.
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El
estudio elaborado por Alí Daniels contempla desde la creación de la
Universidad, en 1082, en la ciudad de Bolonia, Italia, pasando por los
conceptos de autonomía universitaria, libertad académica, sus avances y
retrocesos en el ámbito internacional y en Venezuela, culminando con los
proyectos de la Asamblea Nacional Constituyente, actual, que pretende en forma
sesgada, subyugar estos conceptos al Plan de la Patria.
“La historia de las
universidades es la historia de la lucha por la libertad”. Así es el nombre del
trabajo en el que Alí Daniels descubre
que en esa historia se encuentran las primeras victorias de la libertad de
pensamiento sobre el poder y la arbitrariedad.
“Sin duda, -dice- este es el momento más oportuno para recordarlo.
La presentación de la investigación
se hizo en el marco de un foro con el mismo nombre, bajo el paraguas de la Red
Universitaria por los Derechos Humanos, RedUni; la Universidad Católica Andres Bello, UCAB y
Cedice Libertad. La RedUni está conformada por la A.C. Consorcio Desarrollo y
Justicia; Asociación Civil Mujer y Ciudadanía; la Universidad Nacional
Experimental del Táchira y el Centro de Divulgación Economico para la
Libertad.
En el acto
intervinieron el doctor José Juárez, decano de la Facultad de Humanidades y
Educación de la UCAB y Tiziana Polesel, en su condición de presidente de Cedice
Libertad y profesora de la misma Universidad.
El doctor Juárez reconoció
el papel histórico de las universidades, instituciones de gran importancia en
la sociedad. Dijo que “Las Universidades son un faro, que deben ser espacios de
crítica, reflexión y libertad”
Por su parte, Tiziana
Polesel destacó la labor de Cedice en sus 35 años de fundada, cuya misión es
divulgar, educar, generar conocimiento y propuestas de políticas públicas, basados en los principios de libertad
individual, libre empresa, respeto a los derechos de propiedad, economía de
mercado y estado de derecho, bases para lograr una sociedad de ciudadanos
libres y responsables.
“Entre los programas
para el fortalecimiento de la democracia liberal y propiciar una ciudadanía
activa y consciente de sus derechos, -dijo Polesel-, surgió el Monitor de la Red Universitaria por los
Derechos Humanos, RedUni, cuyo objetivo es monitorear, analizar, investigar,
hacer seguimiento y alertas tempranas sobre la situación de los derechos
humanos en la comunidad universitaria en el país”.
Para promover la
reflexión, el debate y llamar la atención sobre el tema de los derechos humanos
en el ámbito universitario, presentó la investigación del profesor Alí Daniel
“La historia de las universidades es la historia de la lucha por la libertad”
Daniels es abogado,
egresado de la UCAB, especialista en Derecho Administrativo y un doctorado en
la Universidad Complutense de Madrid. Ha sido profesor de pre y postgrado en su
casa de estudios y de pregrado, en la Universidad Metropolitana. Es director de
la ONG Acceso a la Justicia.
La Universidad
“En el contexto actual, donde la existencia de
diversos extremismos persigue la confusión y alteración de los valores más básicos,
resulta necesaria la búsqueda de los orígenes de las instituciones para
evidenciar que detrás de la fachada de cualquier casa de estudios existe una
historia de lucha por las libertades que ningún régimen puede borrar y ninguna
ideología puede alterar, pues existen principios cuyas bases resultan tan
vinculadas con las libertades del individuo que no pueden ser eliminadas sin
eliminar al mismo tiempo a este último” De ahí destaca la importancia de recordar
que la historia de las universidades es la historia de la lucha por la libertad
de pensamiento sobre el poder y la arbitrariedad.
No hay
autonomía real si no hay autonomía financiera
La institución
universitaria nace del libre desarrollo de la persona, de la iniciativa
particular y de la lucha por defender el conocimiento contra el abuso y los excesos
de poder. “Hoy podemos decir que eso no ha cambiado, lamentablemente”
En consecuencia, desde
el siglo XIII “tenemos que la libertad o autonomía universitaria se encuentra
entre los primeros derechos reconocidos por el poder, que aunque con las
limitaciones propias de la sociedad feudal, estos derechos primigenios son, sin
duda, los antecedentes y el origen de las libertades que muchos siglos después
fueron recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos”.
La libertad académica
ha evolucionado y hoy involucra a la libertad de participación, de expresión,
de manifestación y la libertad de asociación. Su contenido implica una
formación crítica, el desarrollo de la personalidad, la estructuración del
conocimiento, investigación, y ampliación del conocimiento.
La libertad académica
y el proyecto de Constitución
El doctor Daniels se
refiere al Proyecto de Constitución que, presuntamente, está elaborando la
Asamblea Nacional Constituyente y cuyo texto ha salido a la opinión pública,
sin que nadie lo asuma o lo desmienta.
Lo cierto, según Daniels es que sería una verdadera regresión en la
historia de las ideas, en la que además
de profundizarse la imposición de una ideología, se entiende el proceso
educativo de una manera más sesgada que en cualquier otro texto constitucional
de nuestra historia. El artículo 107 de la propuesta sería el siguiente:
“El Estado Popular, Democrático, de Derecho y de Justicia
Social, reconoce la autonomía universitaria como principio y jerarquía que
permite a los profesores, profesoras, trabajadores, trabajadoras, estudiantes,
egresados y egresadas de su comunidad participar en el proceso social de
producción de conocimiento a través de la investigación técnica, científica,
tecnológica y humanística, requerida para el desarrollo de la sociedad humana
como nación libre de toda dominación extranjera, soberana e independiente. Las
universidades autónomas dictarán sus normas de funcionamiento y administración
aplicando los principios éticos, morales de la sociedad humana, para garantizar
la eficiencia, la eficacia y la efectividad en la administración de su
patrimonio, en el marco de la política y el plan nacional de autoformación
colectiva integral, continua y permanente bajo el control, vigilancia y
rendición de cuentas al Estado Popular, Democrático, de Derecho y de Justicia
Social. Se consagra la autonomía universitaria para planificar, organizar, elaborar
y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión en ejecución
del Plan de Desarrollo de la Nación. Se establece la inviolabilidad del recinto
universitario, sin negar la responsabilidad del Estado Popular, Democrático, de
Derecho y de Justicia Social de mantener el orden interno. Las universidades
nacionales experimentales alcanzarán su autonomía de conformidad con la ley”.
“Obviando las
evidentes faltas de redacción y los errores ortográficos, para referirnos solo
a los avances y retrocesos de la libertad académica, sin duda con el texto
citado nos encontramos en el segundo de estos supuestos, pues no solo se
mantiene la confusión terminológica entre autonomía universitaria y libertad
académica, sino que además se cierran sobre esta última los controles que el
Estado determine a través de lo que denominan «Plan de Desarrollo de la Nación
». De tal modo que todo lo que no esté en consonancia con este podrá ser
catalogado de contrario a la Constitución y por ello declarado nulo”, considera
Daniels en su obra.
Concluye
Daniels que la Constitución de 1999 omite la vinculación entre el desarrollo de
la persona humana y la libertad académica, en tanto derecho de investigar, y la
condiciona exclusivamente al beneficio colectivo y otorga la titularidad del
derecho a elaborar los programas de investigación y docencia a las
universidades, desconociendo la dinámica del proceso educativo y despojando a
los docentes de su legítima titularidad.
El proyecto de Constitución, basado en el
llamado Plan de la Patria, plantea una
educación universitaria al servicio de una ideología y la condiciona a planes
estatales en grosero incumplimiento de los estándares internacionales en
materia de libertad académica y en violación del principio de progresividad de
los derechos.
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