«Deben contar con la autorización previa de esta Superintendencia, para ofrecer y promocionar a sus clientes y/o usuarios sus productos; instrumentos o servicios financieros, así como la del Banco Central de Venezuela; cuando los mismos contengan características particulares que les obliguen a requerir la misma«, reza un comunicado de Sudeban.
Asimismo, la comunicación expresa que «se considera como crédito todas aquellas operaciones en moneda nacional; que comprenden el arrendamiento financiero, descuento de facturas, cartas de crédito, descuentos, anticipos«, entre otros.
En ese sentido, «se prohíbe que las instituciones Bancarias otorguen créditos en moneda extranjera con los recursos obtenidos a través de la captación que resulte de los depósitos del público en moneda extranjera o cualquier otra modalidad; sin contar con la previa autorización del Banco Central de Venezuela y de esta Superintendencia».
Esta prohibición sale a la luz, luego que cada vez más el uso de divisas es más acentuado en el país.
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